Chubut colocará deuda por US$ 650 millones
Chubut autoriza la emisión de deuda por hasta US$ 650 millones y avanza en la recompra de bonos vigentes
A través del Decreto N° 150, fechado el 5 de febrero de 2026 y publicado en el Boletín Oficial, el Gobierno de Chubut encomendó al Ministerio de Economía la emisión de títulos de deuda por hasta 650 millones de dólares, con el objetivo de obtener financiamiento en los mercados de capitales nacionales e internacionales y avanzar en un proceso de reordenamiento de pasivos. La Legislatura había autorizado en abril de 2025 a colocar la deuda hasta ese monto.
Según establece el artículo 1° del decreto, la cartera económica podrá emitir títulos denominados en dólares estadounidenses por un valor nominal de hasta US$ 650.000.000 —o su equivalente en otras monedas— en el marco de las facultades otorgadas por la Ley II N° 292 y su modificatoria, Ley II N° 312. Estos instrumentos serán colocados en los mercados de capitales y se denominarán “Nuevos Títulos de Deuda”.
Reperfilamiento y recompra de pasivos
En su artículo 2°, la norma encomienda además al Ministerio de Economía la recompra total o parcial de títulos de deuda pública existentes. Entre ellos podrán incluirse los Bonos para Obra Pública y Cancelación de Deudas de Chubut con vencimiento en 2030 (BOCADE), así como otras obligaciones financieras actualmente en circulación.
La recompra se financiará con los fondos obtenidos mediante la suscripción en efectivo de los nuevos títulos que se emitan. De esta manera, el Gobierno provincial apunta a reestructurar su perfil de deuda, mejorar condiciones financieras y, eventualmente, extender plazos o reducir costos.
El artículo 3° faculta al Ministerio de Economía a realizar todos los actos necesarios para concretar la operatoria, en el marco de las atribuciones delegadas por la legislación vigente.
La medida se inscribe en una estrategia de administración financiera que busca optimizar el esquema de endeudamiento provincial, en un contexto económico que exige acceso a financiamiento y ordenamiento de compromisos asumidos en años anteriores.
El Gobierno delega en Economía la posibilidad de redirigir hasta el 100% de fondos específicos durante la emergencia
Mediante el Decreto N° 140, fechado el 5 de febrero de 2026, el Poder Ejecutivo dispuso delegar en el ministro de Economía la facultad de desafectar hasta el 100% de los fondos con destino específico previstos en leyes especiales provinciales, en el marco de la vigencia del estado de emergencia.
La medida se sustenta en el artículo 8 de la Ley II N° 316 y habilita al titular de la cartera económica a disponer la utilización de esos recursos para cubrir erogaciones financiadas por Rentas Generales. La única excepción contemplada en la norma es la Tasa de Justicia, que no podrá ser alcanzada por esta disposición.
En términos prácticos, la decisión otorga mayor margen de maniobra al Ministerio de Economía para reorganizar partidas presupuestarias y afrontar gastos corrientes o compromisos urgentes mientras se mantenga la situación de emergencia declarada.
Desde el Ejecutivo señalan que la delegación apunta a garantizar la continuidad de los servicios esenciales y el cumplimiento de obligaciones prioritarias en un contexto extraordinario. No obstante, la medida podría generar debate en torno al impacto que la eventual reasignación total de fondos específicos podría tener sobre programas o áreas originalmente financiadas con esos recursos.



