Emergencia: Economía podrá redirigir hasta el 100% de fondos específicos
El Gobierno delega en Economía la posibilidad de redirigir hasta el 100% de fondos específicos durante la emergencia
Mediante el Decreto N° 140, fechado el 5 de febrero de 2026, el Poder Ejecutivo dispuso delegar en el ministro de Economía la facultad de desafectar hasta el 100% de los fondos con destino específico previstos en leyes especiales provinciales, en el marco de la vigencia del estado de emergencia.
La medida se sustenta en el artículo 8 de la Ley II N° 316 y habilita al titular de la cartera económica a disponer la utilización de esos recursos para cubrir erogaciones financiadas por Rentas Generales. La única excepción contemplada en la norma es la Tasa de Justicia, que no podrá ser alcanzada por esta disposición.
En términos prácticos, la decisión otorga mayor margen de maniobra al Ministerio de Economía -a cargo de Miguel Arnaudo- para reorganizar partidas presupuestarias y afrontar gastos corrientes o compromisos urgentes mientras se mantenga la situación de emergencia declarada.
Desde el Ejecutivo señalan que la delegación apunta a garantizar la continuidad de los servicios esenciales y el cumplimiento de obligaciones prioritarias en un contexto extraordinario. No obstante, la medida podría generar debate en torno al impacto que la eventual reasignación total de fondos específicos podría tener sobre programas o áreas originalmente financiadas con esos recursos.
El decreto ya se encuentra en vigencia y forma parte del paquete de herramientas administrativas adoptadas para la gestión financiera durante el período excepcional.


