Gaiman: ¿Se puede votar en 60 días?

Meza Evans: en Gaiman no se puede votar en 60 días y el plazo es para convocar a elecciones

El abogado y dirigente peronista, Blas Meza Evans, analizó el escenario institucional abierto tras el fallecimiento del intendente Darío James y sostuvo que la Carta Orgánica no obliga a realizar los comicios dentro de los próximos 60 días, sino a efectuar la convocatoria en ese plazo. Advirtió que los tiempos legales hacen imposible completar el proceso electoral en dos meses. Mientras tanto, el intendente interino Raúl Ferrero reunirá este lunes a su grupo político para comenzar a definir la estrategia.

El fallecimiento del intendente de Gaiman, Darío James, abrió el debate sobre los pasos institucionales y electorales que deberán seguirse para definir quién completará el mandato. En ese contexto, el abogado Blas Meza Evans planteó que existe una interpretación equivocada sobre el plazo de 60 días establecido en la Carta Orgánica.

La norma determina que, cuando resta más de un año para finalizar el mandato del intendente, deben convocarse elecciones dentro de los 60 días. Esto llevó a interpretar que Gaiman debería concurrir a las urnas antes de cumplirse ese período.

En diálogo con Vibra News, Meza Evans sostiene que no es así.

Para el ex diputado provincial, una cosa es la convocatoria y otra la fecha de las elecciones. El plazo de 60 días obliga a poner en marcha formalmente el proceso electoral, pero la votación deberá fijarse posteriormente dentro de un cronograma que permita cumplir con todos los requisitos legales.

Por qué Gaiman no podría votar en 60 días

Meza Evans señaló que realizar efectivamente las elecciones dentro de ese período resulta impracticable.

Uno de los problemas es que Gaiman no cuenta con un Código Electoral propio ni con un Tribunal Electoral actualmente en funcionamiento. En ese escenario, el municipio debería considerar la normativa provincial si no opta por establecer reglas electorales propias.

A partir de allí aparecen plazos que directamente exceden los dos meses.

Las candidaturas, por ejemplo, deben presentarse hasta 65 días antes de la elección. Las alianzas partidarias deben formalizarse tres meses antes y las elecciones internas requieren una convocatoria con no menos de 30 días de anticipación.

También existen tiempos específicos para los padrones y la Boleta Única: el sorteo del orden de las agrupaciones debe realizarse 35 días antes de la elección y las boletas tienen que estar impresas diez días antes.

“Hay que hacerla porque falta más de un año para que se cumpla el mandato. Pero una cosa es la convocatoria y otra cosa es la fecha de elecciones”, explicó Meza Evans.

El apoderado del PJ agregó que la convocatoria deberá incluir un cronograma que permita respetar cada una de las etapas legales del proceso.

Incluso puso como ejemplo el padrón electoral: solamente llegar a contar con el padrón necesario para avanzar con el proceso demanda varias semanas y resulta indispensable para determinar, entre otras cuestiones, si quienes pretenden competir como candidatos están habilitados electoralmente.

Por esas razones, Meza Evans concluye que es imposible realizar las elecciones dentro del plazo de 60 días.

Los 60 días son para convocar

La interpretación de Meza Evans es que la obligación establecida por la Carta Orgánica debe cumplirse mediante la convocatoria a elecciones dentro de los 60 días.

En esa convocatoria deberá quedar establecido el calendario electoral y, dentro de él, la fecha en la que finalmente votarán los vecinos de Gaiman.

La diferencia es sustancial: Gaiman deberá ir a elecciones porque resta más de un año para completar el mandato de James, pero eso no significa que deba votar dentro de los próximos 60 días.

Este lunes se definiría la estrategia

Mientras se define el camino institucional, también comenzarán a producirse movimientos en el plano político.

Según pudo saber este medio, el intendente interino Raúl Ferrero se reunirá este lunes con el grupo político para analizar el nuevo escenario y comenzar a definir una estrategia.

En esas conversaciones podría aparecer la posibilidad de explorar algún tipo de acuerdo político de cara al proceso que se abre, aunque por el momento no existe una definición en ese sentido.

El Tribunal Electoral Provincial

Meza Evans también planteó cómo podría resolverse la organización de los comicios ante la situación actual del municipio.

A su entender, la convocatoria debería realizarse mediante una resolución del intendente interino y el Concejo Deliberante podría delegar la organización y el control del proceso en el Tribunal Electoral Provincial por razones de tiempo.

Los próximos días serán importantes para conocer las primeras decisiones institucionales y políticas. El punto sobre el que Meza Evans busca despejar dudas es concreto: los 60 días establecidos por la Carta Orgánica serían el límite para convocar a elecciones y no para realizarlas.

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