Reforma laboral: dos senadoras chubutenses votaron a favor y Linares la rechazó
Reforma laboral: dos senadoras chubutenses votaron a favor y Linares la rechazó
En una sesión maratónica que se extendió por más de 14 horas y estuvo acompañada por manifestaciones en las afueras del Congreso, el Senado de la Nación dio media sanción a la reforma laboral impulsada por el Poder Ejecutivo. El proyecto fue aprobado en general por 42 votos a favor y 30 en contra.
La votación dejó expuesta la posición de los representantes chubutenses en la Cámara alta: las senadoras Andrea Cristina y Edith Terenzi votaron a favor de la iniciativa, mientras que el senador peronista Carlos Linares se pronunció en contra, en línea con la postura mayoritaria de su bloque.
Linares integró el grupo de legisladores que rechazó la propuesta al considerar que introduce modificaciones regresivas en materia de derechos laborales. En tanto, Cristina acompañó el proyecto promovido por el presidente Javier Milei junto a otros senadores del PRO y espacios aliados. Por su parte, el voto afirmativo de Terenzi resultó clave en un escenario ajustado, donde cada adhesión tuvo peso en el resultado final.
Qué cambios propone la reforma laboral
La iniciativa, denominada por el oficialismo como “Ley de Modernización Laboral”, introduce transformaciones en distintos aspectos de las relaciones de trabajo: salarios, indemnizaciones, convenios colectivos, derecho a huelga y un régimen de regularización laboral.
Salarios: posibilidad de pago en dólares
El texto habilita que los salarios puedan abonarse en moneda extranjera, siempre que exista acuerdo entre empleador y trabajador. En la negociación previa al tratamiento en el recinto se eliminó la opción de pagar remuneraciones a través de billeteras virtuales.
También se incorpora la llamada “negociación dinámica”, que permitirá pactar adicionales al salario básico —como bonos o premios— atados a metas de productividad o cumplimiento de objetivos.
Indemnizaciones y fondo alternativo
Uno de los puntos centrales es la modificación en el cálculo de indemnizaciones por despido. Se excluyen conceptos como aguinaldo, vacaciones y premios no mensuales, lo que reduce la base sobre la que se determina el monto.
Además, las sentencias laborales se actualizarán por inflación más un 3% anual. Las grandes empresas podrán abonar condenas judiciales en hasta seis cuotas, mientras que las pymes tendrán hasta doce.
El proyecto crea el Fondo de Asistencia Laboral (FAL), un sistema alternativo y optativo al régimen tradicional. Las empresas deberán realizar aportes mensuales —con porcentajes diferenciados según tamaño— que podrán compensarse con descuentos en cargas sociales. Si el fondo no alcanza para cubrir la indemnización, el empleador deberá afrontar la diferencia.
Vacaciones y banco de horas
La reforma permite fraccionar las vacaciones en períodos no menores a siete días y mantiene la obligación de garantizar al menos un período estival cada tres años en esquemas rotativos.
También introduce el “banco de horas”, que habilita compensar horas extra trabajadas con días libres o reducción de jornada, como alternativa al pago con recargo.
Derecho a huelga y servicios esenciales
Uno de los capítulos más controvertidos es la ampliación de los servicios considerados esenciales, que deberán garantizar un funcionamiento mínimo del 75% durante medidas de fuerza. A los ya existentes se suman telecomunicaciones, educación inicial, primaria y secundaria, servicios migratorios y aduaneros, transporte de caudales y otros.
Asimismo, se crea la categoría de “servicios de importancia trascendental”, que deberán operar al menos al 50% en caso de huelga. Allí se incluyen actividades como transporte de pasajeros y cargas, radio y televisión, industria siderúrgica, minería, bancos, comercio electrónico, hotelería y gastronomía, entre otras.
Cambios sindicales y fin de la ultraactividad
La iniciativa modifica la Ley de Asociaciones Sindicales al establecer que las asambleas no podrán afectar el normal funcionamiento de la empresa y requerirán autorización del empleador, sin goce de haberes por el tiempo que demanden.
También elimina la “ultraactividad” de los convenios colectivos: una vez vencidos, dejarán de regir si no se firma uno nuevo, salvo en lo referido a condiciones básicas de trabajo. Además, los convenios de empresa podrán prevalecer sobre los colectivos generales, aun cuando resulten menos favorables.
Incentivos y blanqueo laboral
El proyecto contempla un régimen temporal de incentivos para fomentar el empleo registrado, con reducciones en contribuciones patronales para quienes amplíen su nómina.
A la vez, establece un plan de regularización para empleadores con personal no registrado, que incluye condonación de multas, extinción de la acción penal por evasión durante un plazo determinado y planes de pago de hasta 72 cuotas.
Con la media sanción del Senado, la reforma laboral avanza en su trámite parlamentario y abre una nueva etapa de debate político y sindical sobre el alcance de los cambios y su impacto en el mercado de trabajo argentino.



