Tres áreas petroleras pasan a Crown Point

Last Updated: 26 de noviembre de 2025Por Tags:

El Gobierno autorizó a Tecpetrol, Pampa Energía e YPF a ceder a Crown Point el 100% de sus derechos en El Tordillo, La Tapera y Puesto Quiroga

17 de noviembre de 2025 – Chubut.
A través de un decreto provincial, el Gobierno autorizó a las operadoras Tecpetrol S.A., Pampa Energía S.A. e YPF S.A. a transferir la totalidad de sus derechos y participaciones en las áreas hidrocarburíferas El Tordillo, La Tapera y Puesto Quiroga, así como en ductos asociados, a la empresa Crown Point Energía S.A.


Cesión del 100% de las concesiones de explotación

En su Artículo 1°, el decreto habilita a las compañías a transferir el 100% de sus derechos sobre las concesiones de explotación de las tres áreas.
Las participaciones actuales son:

  • Tecpetrol S.A.: 52,1334%

  • Pampa Energía S.A.: 35,6706%

  • YPF S.A.: 7,1960%

La totalidad de esos porcentajes será cedida a Crown Point.


Transferencia total de la participación en los Contratos de Asociación

El Artículo 2° autoriza a Tecpetrol (69,1053%) e YPF (9,5387%) a ceder el 100% de su participación en los Contratos de Asociación vinculados a las mismas áreas petroleras, también a favor de Crown Point Energía.


Crown Point recibirá también las concesiones de transporte

El Artículo 3° del decreto extiende la autorización a la transferencia del 100% de las participaciones en los sistemas de transporte de petróleo y gas asociados a los yacimientos.
Incluye:

  1. Gasoducto El Tordillo – Rada Tilly

    • Tecpetrol: 52,1334%

    • Pampa Energía: 35,6706%

    • YPF: 12,1960%

  2. Oleoducto El Tordillo – Caleta Córdova

    • Tecpetrol: 59,3747%

    • Pampa Energía: 40,6253%

  3. Gasoducto El Tordillo – Gasoducto General San Martín

    • Las mismas proporciones que en el gasoducto a Rada Tilly.

  4. Oleoducto El Tordillo – Puesto Quiroga

    • Mismos porcentajes entre las tres operadoras.

La totalidad de esas participaciones será cedida a Crown Point.


Plazo de 120 días hábiles para formalizar la cesión

El Artículo 4° establece que las autorizaciones tendrán una validez de 120 días hábiles desde la firma del decreto.
En ese plazo, las empresas deberán presentar ante el Ministerio de Hidrocarburos las escrituras definitivas que hagan efectiva la transferencia. Si no lo hacen, la autorización caduca.


Requisitos legales y marco normativo aplicable

El Artículo 5° indica que el escribano actuante deberá cumplir lo previsto por el artículo 44 de la Ley Provincial XVII N° 102, que regula las formalidades notariales.

Finalmente, el Artículo 6° señala que la cláusula quinta del proyecto de cesión presentado por YPF y Crown Point será regulada por la Ley XI N° 85, normativa que establece obligaciones, fiscalización y reglas sobre regalías en la actividad hidrocarburífera.

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