Las nuevas reglas para todos en el Poder Judicial de Chubut
El Poder Judicial de Chubut prohíbe a jueces, funcionarios y empleados ejercer la abogacía, el comercio y la política
El Superior Tribunal de Justicia dictó un acuerdo que fija un régimen estricto de incompatibilidades. Los alcanzados tienen 60 días para adecuarse.
El Superior Tribunal de Justicia de Chubut (STJ) cerró la puerta a una práctica que muchos daban por sobreentendida pero que pocas veces había sido regulada con tanta precisión: que cualquier integrante del Poder Judicial —desde un juez hasta el último empleado del escalafón— ejerza simultáneamente la abogacía, maneje un negocio, haga política o cobre una jubilación mientras trabaja en la institución. El Acuerdo Plenario N° 5681/2026, dictado el 18 de mayo y firmado por los seis integrantes del tribunal, establece un listado taxativo de prohibiciones e incompatibilidades y le da a quienes hoy incumplen esas condiciones apenas 60 días para regularizar su situación.
Un régimen que venía siendo insuficiente
El acuerdo deroga la norma anterior —el Acuerdo Plenario N° 3880/10, de hace más de quince años— y viene a llenar un vacío que, según el propio tribunal reconoce en los fundamentos, generaba zonas grises. El STJ sostuvo que el ejercicio simultáneo de actividades externas puede afectar el rendimiento del servicio o generar conflictos de interés que comprometan la independencia e imparcialidad del sistema judicial. Al mismo tiempo, aclaró que las restricciones no implican una limitación al derecho al trabajo, sino una condición inherente al ejercicio de una función pública de alto compromiso institucional. La norma alcanza por igual a magistrados, funcionarios y a todos los trabajadores judiciales, sin distinción de jerarquía.
Qué queda prohibido
La lista es extensa y no deja margen a la interpretación. Todo el personal del Poder Judicial tiene prohibido:
- Realizar propaganda electoral o política por cualquier medio.
- Cobrar una jubilación nacional, provincial o municipal mientras están en actividad.
- Practicar deportes de forma profesional.
- Ejercer profesiones liberales, como la abogacía, la medicina o la contaduría.
- Ejercer el comercio o cualquier actividad lucrativa.
- Ocupar cargos ejecutivos o administrativos en instituciones educativas públicas o privadas —rectorados, decanatos, secretarías académicas y sus equivalentes quedan expresamente incluidos—.
- Desempeñar cualquier empleo público o privado, incluso interino. La única excepción es la docencia, siempre que no haya incompatibilidad horaria y se presente la declaración jurada correspondiente.
- Integrar órganos de administración, fiscalización o disciplina de personas jurídicas, salvo que se trate de entidades que representen los intereses del propio personal judicial, o de asociaciones civiles sin fines de lucro, en ambos casos de forma honoraria y con autorización previa.
- Gestionar causas o favorecer el trámite de expedientes en los que no sean parte directa.
El reloj corre
Quienes hoy se encuentren en alguna de esas situaciones tienen 60 días desde la publicación del acuerdo para cesar en la actividad prohibida. Un plazo menor —30 días— rige para quienes quieran solicitar una autorización excepcional para continuar ejerciendo la docencia u otras actividades académicas, o para integrar organismos de personas jurídicas bajo las condiciones permitidas. Esas solicitudes deben presentarse ante la Presidencia del STJ.
Cualquier excepción que no esté prevista en el acuerdo deberá ser aprobada por el pleno del tribunal.
El acuerdo fue firmado digitalmente por los jueces Raidan, Vivas, Napolitani, Giacomone, Bustos y Banfi Saavedra, y fue registrado por la Secretaría Legal y Técnica bajo el N° 5681 del año 2026.
SITRAJUCH cuestionó una acordada del Superior Tribunal y advirtió sobre posibles restricciones a la actividad sindical y política
El Sindicato de Trabajadores Judiciales del Chubut (SITRAJUCH) presentó una nota ante el Superior Tribunal de Justicia en la que expresó preocupación por distintos puntos del Acuerdo Plenario 5681/2026 sobre incompatibilidades y actividad política dentro del Poder Judicial.
Desde el gremio señalaron que algunas disposiciones tienen una redacción “demasiado amplia” y podrían afectar el ejercicio de la actividad sindical, comunitaria y ciudadana de trabajadores judiciales.
Además, advirtieron que ya existen empleados que comenzaron a alejarse de cooperadoras, asociaciones civiles y espacios sociales “por temor” a incumplir la normativa.
SITRAJUCH pidió al STJ aclarar los alcances de la acordada y abrir una instancia de diálogo institucional. También adelantó que, si no hay modificaciones, avanzarán con acciones gremiales y legales.
La Asociación de Magistrados logró cambios en la acordada del STJ y se mantendrá la posibilidad de ejercer la docencia universitaria
La Asociación de la Magistratura y Funcionariado Judicial del Chubut presentó observaciones al proyecto de acordada del Superior Tribunal de Justicia sobre incompatibilidades para jueces, funcionarios y empleados judiciales.
Uno de los principales planteos estuvo vinculado a la docencia. La entidad pidió aclarar expresamente que la actividad docente universitaria siga siendo compatible con la función judicial.
Finalmente, el STJ mantuvo esa posibilidad y no avanzó con restricciones más amplias sobre el ejercicio de la docencia.
La Asociación también cuestionó que el proyecto original habilitara excepciones para actividades comerciales o profesiones liberales y advirtió sobre posibles decisiones discrecionales sin criterios claros.



