Petris denuncia indefensión antes del Jury
Caso Petris: la defensa cuestiona las acusaciones y advierte que el juez llegará al Jury sin conocer con precisión los hechos que deberá enfrentar
El juez Claudio Alejandro Petris enfrentará los días 16, 17 y 18 de noviembre un proceso ante el Tribunal de Enjuiciamiento de Chubut. A menos de un mes de las audiencias, el magistrado y su defensor, Fernando Zvilling, difundieron un documento en el que cuestionan el alcance de las acusaciones, denuncian dificultades para ejercer adecuadamente el derecho de defensa y advierten sobre la utilización de hechos que, según sostienen, fueron descartados durante la investigación.
La presentación, firmada por ambos, busca establecer una distinción entre las denuncias que circularon públicamente y las imputaciones que efectivamente serán tratadas durante el Jury.
Qué acusaciones rechaza la defensa
Uno de los aspectos centrales del documento es la afirmación de que Petris no será juzgado por abusos sexuales, abuso de poder ni maltrato a empleados o abogados. La defensa sostiene que esas acusaciones no integran el objeto del enjuiciamiento y asegura que algunas fueron descartadas durante la investigación.
También rechaza versiones relacionadas con supuestos favores personales, beneficios a terceros y ocultamiento patrimonial. En particular, aclara que no existe una acusación penal por enriquecimiento ilícito y que el procedimiento ante el Tribunal de Enjuiciamiento se sustenta en la causal constitucional de mal desempeño.
Estas afirmaciones corresponden a la posición de Petris y su abogado y no constituyen, por sí mismas, una resolución del Tribunal sobre la totalidad de los hechos mencionados.
Los hechos que sí llegarían al Jury
Según el escrito, entre los cuestionamientos que serán examinados aparecen dos situaciones: un presunto incumplimiento del deber de excusación por una supuesta relación de amistad con una de las partes de una causa judicial y un eventual ejercicio de actividades comerciales consideradas incompatibles con la función de magistrado.
La defensa rechaza ambas imputaciones, pero plantea una objeción adicional: sostiene que no se encuentran suficientemente determinados los hechos concretos que las fundamentan.
Para Zvilling, resulta indispensable conocer con precisión qué conducta se atribuye al magistrado, cuándo habría ocurrido, en qué circunstancias y qué elementos probatorios serán utilizados para acreditar una eventual infracción.
Cuestionamientos al procedimiento
Otro de los puntos sensibles de la presentación se refiere a los planteos previos realizados por la defensa para obtener una delimitación precisa de las acusaciones y de las pruebas que podrán utilizarse durante el debate.
De acuerdo con el documento, esas cuestiones serán resueltas recién durante la primera jornada del juicio, inmediatamente antes del inicio de las audiencias.
La defensa interpreta esta situación como una afectación de las garantías procesales, al considerar que Petris podría conocer los términos definitivos de las imputaciones apenas unas horas antes de comenzar el debate.
El escrito también cuestiona las fechas establecidas para el Jury. Según explica Zvilling, había solicitado aproximadamente dos meses antes que las audiencias no coincidieran con un compromiso profesional asumido para participar como expositor en el Congreso Nacional de la Defensa Pública.
Pese a ese pedido, el juicio fue programado para los días 16, 17 y 18 de noviembre. La defensa aclara que no atribuye una intención determinada a esa decisión, aunque considera que existían alternativas para evitar la superposición.
Un debate sobre las garantías del Jury
El planteo de Petris incorpora una discusión que excede su situación individual: las condiciones que deben garantizarse para que un magistrado sometido a un procedimiento de remoción pueda ejercer plenamente su defensa.
En el documento se advierte que las garantías procesales no solamente protegen al acusado, sino también la legitimidad de las decisiones del Tribunal de Enjuiciamiento y la confianza pública en su funcionamiento.
La defensa sostiene que el procedimiento no debe transformarse en una acumulación de sospechas o denuncias que no formen parte de las imputaciones formalmente admitidas.
De esta manera, el proceso previsto para noviembre tendrá como uno de sus puntos relevantes la resolución de las objeciones preliminares y la determinación del alcance de las acusaciones. La evaluación de su procedencia y de las pruebas corresponderá al Tribunal.
El interrogante que plantea la defensa es si esas cuestiones quedarán suficientemente resueltas antes de avanzar con el debate sobre la conducta del magistrado.
Fuente: documento firmado por Claudio Petris y Fernando Zvilling, difundido previo al juicio.


