Quieren corregir vacíos y errores en la Ordenanza Tarifaria 2026
El Ejecutivo envió al Concejo un proyecto para corregir vacíos y errores en la Ordenanza Tarifaria 2026
El Departamento Ejecutivo Municipal elevó al Concejo Deliberante un proyecto de Ordenanza Complementaria y Modificatoria de la Ordenanza Tarifaria 2026, con el objetivo de incorporar el artículo 28, que había quedado fuera de la aprobación del 28 de noviembre, y ajustar la redacción del artículo 43, correspondiente al Derecho de Inspección de Abasto y Veterinaria.
El Ejecutivo precisó que la incorporación del Artículo 28 es “imprescindible” porque su ausencia genera un vacío operativo dentro de la Ordenanza Tarifaria.
Ese artículo define parámetros centrales para la Tasa por Inspección, Seguridad e Higiene, y es referencia directa o indirecta de múltiples disposiciones dentro del régimen tarifario.
El texto propuesto es el mismo que se aplicó durante 2025:
-
No crea nuevos tributos,
-
No modifica alícuotas,
-
No altera valores mínimos,
-
Ni cambia la metodología de cálculo.
Según la exposición de motivos, la incorporación permitirá garantizar la determinación anual del tributo durante 2026 y evitar interpretaciones contradictorias.
Correcciones técnicas en el Derecho de Inspección de Abasto y Veterinaria
El proyecto también propone modificar el Capítulo XVII (artículos 43 al 50), donde se detectó:
-
un error de tipeo en la escala tributaria,
-
y problemas en la numeración de artículos citados.
Si bien los valores fijados eran razonables, la falta de correspondencia entre rangos y montos podía generar confusiones en la liquidación e incluso desigualdades entre contribuyentes en situaciones equivalentes.
La adecuación propuesta busca “ordenar y clarificar” la norma sin alterar su carga tributaria.
Sistema de Estacionamiento Medido: nueva precisión sobre la multa
Otro punto incorporado en la exposición de motivos es la necesidad de establecer un parámetro objetivo para la sanción prevista en el artículo 16 de la Ordenanza 13.802, que regula el Sistema de Estacionamiento Medido (SEM).
El proyecto aclara:
-
La multa se aplica luego de 30 días desde que el usuario incurre en la falta (conforme artículo 15).
-
El acta de constatación correspondiente tendrá un valor equivalente a 25 horas de estacionamiento, calculadas al valor inicial.
El Ejecutivo considera que esta precisión garantiza “condiciones adecuadas de aplicación y fiscalización tributaria”.


